Artículo 2187 Código Civil del Estado de Guerrero
Capítulo I
El contrato de promesa, además de satisfacer los requisitos esenciales y de validez de los contratos, para obligar deberá:
I. Constar por escrito;
II. Expresar los elementos característicos del contrato cuya celebración se promete, precisando las bases fundamentales sobre las que deban desarrollarse sus cláusulas principales; y
III. Limitarse a cierto tiempo.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial