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Leyes Descargar AYA

Artículo 1659 Código Civil del Estado de Guerrero

Capítulo I

La validez y el cumplimiento de los negocios jurídicos no pueden dejarse al arbitrio de una de las partes.

De la clasificación de los negocios jurídicos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial