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Leyes Descargar AYA

Artículo 1339 Código Civil del Estado de Guerrero

Capítulo III

El poder para la entrega y para la extracción del testamento deberá otorgarse en escritura pública, y esa circunstancia se hará constar en la nota respectiva.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Guerrero. Documento oficial