Artículo 839 Código Civil Federal
Capítulo I
- En un predio no pueden hacerse excavaciones o construcciones que hagan perder el sostén necesario al suelo de la propiedad vecina; a menos que se hagan las obras de consolidación indispensables para evitar todo daño a este predio
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial