Artículo 566 Código Civil Federal
Capítulo X
Se requiere licencia judicial para que el tutor pueda transigir o comprometer en árbitros los negocios del incapacitado
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 18 de diciembre de 2025.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial