Artículo 298 Código Civil Federal
Capítulo I
La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es, pues, ascendente o descendente, según el punto de partida y la relación a que se atiende
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial