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Leyes Descargar AYA

Artículo 2724 Código Civil Federal

Capítulo IV

- Se dice extemporánea la renuncia, si al hacerla , las cosas no se hallan en su estado íntegro y la sociedad puede ser perjudicada con la disolución que originaría la renuncia. Fe de erratas al artículo DOF 21-12-1928

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 18 de diciembre de 2025.

Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial