Artículo 2646 Código Civil Federal
Capítulo IV
- El contrato por el cual alguno se obliga a transportar, bajo su inmediata dirección o la de sus dependientes, por tierra, por agua o por el aire, a personas, animales, mercaderías o cualesquiera otros objetos, si no constituye un contrato mercantil, se regirá por las reglas siguientes
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial