Artículo 2532 Código Civil Federal
Capítulo I
- El depositante está obligado a indemnizar al depositario de todos los gastos que haya hecho en la conservación del depósito y de los perjuicios que por él haya sufrido
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial