Artículo 2178 Código Civil Federal
Capítulo I
- Si el acreedor que pide la nulidad, para acreditar la insolvencia del deudor, prueba que el monto de las deudas de éste excede al de sus bienes conocidos, le impone al deudor la obligación de acreditar que tiene bienes suficientes para cubrir esas deudas
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial