Artículo 1923 Código Civil Federal
Capítulo V
- Los maestros artesanos son responsables de los daños y perjuicios causados por sus operarios en la ejecución de los trabajos que les encomienden. En este caso se aplicará también lo dispuesto en el artículo anterior
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial