Artículo 1917 Código Civil Federal
Capítulo V
- Las personas que han causado en común un daño, son responsables solidariamente hacia la víctima por la reparación a que están obligadas de acuerdo con las disposiciones de este Capítulo
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial