Artículo 1845 Código Civil Federal
Capítulo I
- Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta la naturaleza y demás circunstancias de la obligación
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial