Artículo 1678 Código Civil Federal
Capítulo III
La aceptación en ningún caso produce confusión de los bienes del autor de la herencia y de los herederos, porque toda herencia se entiende aceptada a beneficio de inventario, aunque no se exprese.
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial