Artículo 1416 Código Civil Federal
Capítulo VII
- El legatario de un bien que perece incendiado después de la muerte del testador, tiene derecho de recibir la indemnización del seguro, si la cosa estaba asegurada
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial