Artículo 1009 Código Civil Federal
Capítulo III
Si el usufructo fuere constituido por contrato, y el que contrató quedare de propietario, y no exigiere en el contrato la fianza, no estará obligado el usufructuario a darla; pero si quedare de propietario un tercero, podrá pedirla aunque no se haya estipulado en el contrato.
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de noviembre de 2025. Documento oficial