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Leyes Descargar AYA

Artículo 8 Código Civil del Estado de México

Capítulo III

71. - La información contenida en libros u otros documentos servirá de base para la conformación del folio, el cual se integrará con el total de las anotaciones y registros existentes, vinculando el tracto sucesivo. La información será validada por la autoridad registral, asigna ndo el folio respectivo y formará parte de la base de datos que al efecto opere el Instituto de la Función Registral del Estado de México.

Las bases para la extracción y captura de información para integrar el folio se precisarán en el Reglamento.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial