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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo II

923.- Ningún socio puede ser excluido de la sociedad si no por el acuerdo unánime de los demás socios y por causa grave prevista en los estatutos.

Responsabilidad del socio excluido.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial