Artículo 7 Código Civil del Estado de México
Capítulo II
555.- La venta de bienes o derechos litigiosos no está prohibida; pero el vendedor que no declare la circunstancia de hallarse el bien en litigio, es responsable de los daños y perjuicios si el comprador sufre la evicción, quedando, además sujeto a las penas respectivas.
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Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial