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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo I

417. - Es anulable todo acto o contrato celebrado en los treinta días anterior es a la declaración judicial de la quiebra o del concurso, y que tuviere por objeto dar a un crédito ya existente una preferencia que no tiene.

Pago de la deuda o adquisición de bienes

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial