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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo I

276.- En la cesión de créditos, se observarán las disposiciones relativas al acto jurídico que le dé origen, y en lo establecido en este Capítulo.

Derechos que comprenden la cesión de créditos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial