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Leyes Descargar AYA

Artículo 7 Código Civil del Estado de México

Capítulo V

263.- La pérdida del bien en poder del deudor, se presume por culpa suya salvo prueba en contrario.

Obligación que procede de un delito

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial