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Leyes Descargar AYA

Artículo 6 Código Civil del Estado de México

Capítulo III

139.- Los legatarios podrán reclamar la entrega del inmueble, y no les serán aplicables las disposiciones en contrario.

Sustanciación de la sucesión por testamento público simplificado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial