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Leyes Descargar AYA

Artículo 5 Código Civil del Estado de México

Capítulo II

238.- El usufructuario tiene derecho de ejercitar todas las acciones y excepciones reales, personales o posesorias, y ser considera do como parte en todo litigio, en el que se involucre al usufructo.

Derecho del usufructuario

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial