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Leyes Descargar AYA

Artículo 4 Código Civil del Estado de México

Capítulo I

236.- El tutor y el curador pueden desempeñar respectivamente la tutela o la curatela hasta de tres incapaces . Si éstos son hermanos o son coherederos o legatarios de la misma persona, puede nombrarse un solo tutor y un curador a todos ellos, aunque sean más de tres.

Tutor especial en caso de oposición

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de diciembre de 2025.

Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial