Artículo 2739 Código Civil del Estado de Durango
Título DÉCIMO
Cuando la cosa dada en prenda sea un título de crédito que legalmente debe constar en el Registro Público, no surtirá efecto contra tercero el derecho de prenda sino desde que se inscriba en el Registro
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial