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Leyes Descargar AYA

Artículo 2604 Código Civil del Estado de Durango

Capítulo IV

Se dice extemporánea la renuncia, si al hacerla, las cosas no se hayan en su estado íntegro y la sociedad puede ser perjudicada con la disolución que originaría la renuncia

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial