Artículo 2567 Código Civil del Estado de Durango
Título DÉCIMO
Las asociaciones de beneficencia se regirán por las leyes especiales correspondientes.
II DE LAS SOCIEDADES
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Durango. Documento oficial