Artículo 179 Código Civil del Estado de Colima
Capítulo IV
Las capitulaciones del matrimonio son los pactos que las parejas celebran para constituir la sociedad conyugal o la separación de bienes y reglamentar la administración de éstos en uno y en otro caso. (REFORMADO DECRETO 103, P.O. 28, SUP. 2, 11 JUNIO 2016) ART.180.- Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes de la celebración del matrimonio o durante la misma, y pueden comprender no solamente los bienes de que sean dueños los cónyuges en el momento de hacer el pacto, sino también los que adquieran después.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Colima. Documento oficial