Artículo 3646 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo III
Las inscripciones referentes a la constitución de personas morales, deberán contener los datos siguientes:
I. El nombre de los otorgantes.
II. La denominación.
III. El objeto, duración y domicilio.
IV. El capital social si lo hubiere y la aportación con que cada socio deba contribuir.
V. La manera de distribuirse las utilidades y pérdidas, en su caso.
VI. El nombre de los administradores y las facultades que se les otorguen.
VII. El carácter de los socios y de su responsabilidad ilimitada cuando la tuvieren; y la fecha y la firma del Registrador
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial