Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 3521 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo I

Mientras no se inscriba la escritura constitutiva de la sociedad en el Registro Público, produce efectos en beneficio y no en perjuicio de personas distintas de ella y de sus socios

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial