Artículo 3508 Código Civil del Estado de Coahuila
Sección V
Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos se extinguen:
I. Por acuerdo de la asamblea general.
II. Por haber concluido el plazo fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto para el que fueron creadas.
III. Por haber llegado a ser física o legalmente imposible el fin para el que fueron fundadas.
IV. Por resolución de la autoridad competente.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial