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Leyes Descargar AYA

Artículo 3508 Código Civil del Estado de Coahuila

Sección V

Las asociaciones, además de las causas previstas en los estatutos se extinguen:

I. Por acuerdo de la asamblea general.

II. Por haber concluido el plazo fijado para su duración o por haber conseguido totalmente el objeto para el que fueron creadas.

III. Por haber llegado a ser física o legalmente imposible el fin para el que fueron fundadas.

IV. Por resolución de la autoridad competente.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial