Artículo 3447 Código Civil del Estado de Coahuila
Sección II
La hipoteca constituida por declaración unilateral de persona distinta al acreedor y al deudor de la obligación principal, será irrevocable desde el momento en que se hace saber a aquél o a éste
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial