Artículo 3436 Código Civil del Estado de Coahuila
Sección I
Cuando un inmueble hipotecado susceptible de ser fraccionado convenientemente se divida en varios predios, se repartirá equitativamente el gravamen hipotecario entre éstos, por convenio entre el acreedor y el dueño del bien hipotecado; y si no se consiguiera ese acuerdo, la distribución del gravamen se hará por decisión judicial, oyendo el dictamen de peritos
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial