Artículo 2835 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo I
El arrendamiento es el contrato por el cual las partes contratantes se obligan recíprocamente, una, llamada arrendador, a conceder el uso o goce temporal de un bien, y la otra, llamada arrendatario, a pagar por ese uso o goce un precio cierto.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial