Artículo 2609 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo III
Las obligaciones divisibles en que haya más de un deudor o más de un acreedor se regirán por las reglas comunes de las obligaciones; las indivisibles en que haya más de un deudor o más de un acreedor se sujetarán a las siguientes disposiciones.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial