Artículo 2546 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo II
El objeto de la obligación conjuntiva lo constituyen varios bienes o hechos, o aquéllos y éstos, y en ella el deudor debe dar todos los primeros y prestar todos los segundos.
DE LAS OBLIGACIONES ALTERNATIVAS.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial