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Leyes Descargar AYA

Artículo 2088 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo VIII

Cuando la simulación se cometa en transgresión de una ley de interés social o de orden público, o perjudique a la Hacienda Pública, el Ministerio Público podrá invocar la inexistencia o pedir la nulidad del negocio simulado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial