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Artículo 1911 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo I

Hecha excepción de los negocios formales y de los solemnes, todos los demás se perfeccionan, si son bilaterales o plurilaterales, por el solo consentimiento de las partes y si son unilaterales, por la sola manifestación de la voluntad del autor.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial