Artículo 1865 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo IV
El Estado y los municipios tienen obligación de responder de los daños causa dos por sus trabajadores, empleados o funcionarios, en el ejercicio de las actividades o labores que les estén encomendadas.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial