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Leyes Descargar AYA

Artículo 1585 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo III

Los derechos reales de uso y habitación sólo pueden constituirse por voluntad de la persona y por usucapión. Son derechos personalísimos, en razón de lo cual son intransmisibles e inembargables. Unicamente pueden recaer sobre bienes específicamente determinados y nunca sobre partes alícuotas de un bien

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial