Artículo 1511 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo I
Si el tercero hubiese fallecido , el retracto se ejercitará en contra de los sucesores por conducto del albacea, salvo que la herencia ya se hubiera dividido y el bien se haya adjudicado a uno de los sucesores, en cuyo caso el retracto se ejercitará exclusivamente contra él
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial