Artículo 1304 Código Civil del Estado de Coahuila
Capítulo VI
Los bienes del dominio del poder público se regirán en el Estado de Coahuila, por la Ley General de Bienes del Estado y en las demás leyes especiales, y en lo que éstas no prevean por las disposiciones de este código.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial