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Leyes Descargar AYA

Artículo 1110 Código Civil del Estado de Coahuila

Capítulo IV

La sucesión se abre:

I. En el momento de la muerte del autor de la herencia.

II. Al declararse la presunción de muerte del ausente

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 4 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Coahuila. Documento oficial