Artículo 453 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Título NOVENO
El que se rehusare sin causa legal a desempeñar el cargo de tutor, es responsable de los daños y perjuicios que de su negativa resulten al incapacitado. (REFORMADO, G.O. 15 DE MAYO DE 2007)
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial