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Artículo 3023 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)

Capítulo III

La rectificación de los asientos por causa de error material o de concepto, del contenido de los libros o de los folios y la reposición de los mismos, procederán de oficio o a petición de cualquier interesado según corresponda, en términos del presente Código y en las disposiciones contenidas en el Capítulo Cuarto, del Título Cuarto, de la Ley Registral. (REFORMADO, G.O. 23 DE JULIO DE 2012

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial