Artículo 2005 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo II
- Las obligaciones divisibles en que haya más de un deudor o acreedor se regirán por las reglas comunes de las obligaciones; las indivisibles en que haya más de un deudor o acreedor se sujetarán a las siguientes disposiciones
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Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial