Artículo 1497 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo I
Las disposiciones testamentarias caducan y quedan sin efecto, en lo relativo a los herederos y legatarios:
I.- Si el heredero, o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que dependa la herencia o el legado;
II.- Si el heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o legado;
III.- Si renuncia a su derecho
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Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial