Artículo 1323 Código Civil para el Distrito Federal (Ciudad de México)
Capítulo I
Por presunción contraria a la libertad del testador, son incapaces de heredar por testamento, el médico que haya asistido a aquél durante su última enfermedad, si entonces hizo su disposición testamentaria; así como el cónyuge, ascendientes, descendientes y hermanos del facultativo, a no ser que los herederos instituídos sean también herederos legítimos.
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Texto tomado de Congreso de la Ciudad de Mexico. Documento oficial