Artículo 617 Código Civil del Estado de Chihuahua
Capítulo I
Los mayores de dieciséis años que estén sujetos a patria potestad o a tutela, tienen derecho a que se les emancipe, si demuestran su buena conducta y su aptitud para el manejo de sus intereses.
Los padres o tutores pueden emancipar a sus hijos y pupilos que se encuentren en las condiciones mencionadas en el párrafo anterior siempre que éstos consientan en su emancipación
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Chihuahua. Documento oficial